En el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social queda refundida toda la legislación relacionada con la protección de las personas con discapacidad.
En el Artículo 42 queda reflejada la cuota de reserva de puestos de trabajo para personas con discapacidad en la que las empresas públicas y privadas que empleen a un número de 50 o más trabajadores vendrán obligadas a que de entre ellos, al menos, el 2 por 100 sean trabajadores con discapacidad.
¿Está usted cumpliendo la normativa en su entorno empresarial?
¡Cuenta con MINUSCENTER S.L.U!